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Los cambios de la reforma laboral en el ámbito de la Educación Física y Deportiva

Foto del escritor: COLEF CLMCOLEF CLM

El acuerdo entre los agentes sociales el pasado 23 de diciembre finalmente fue aprobada el pasado jueves 03 de febrero en el Congreso. La reforma no viene con una derogación completa de la antigua Reforma laboral española 2012 (Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral) En cualquier caso, llegarán unos cambios que afectarán al tejido productivo del país y con ello al ámbito de la Educación Física y Deportiva.




Lo habitual será contrato indefinido:


La reforma busca que las personas que se incorporen a un nuevo trabajo lo hagan con contrato indefinido, ya sea fijo o fijo-discontinuo. Obligando a las empresas a especificar la causa de la contratación.


Se podrá hacer contrato temporales pero deberán estar limitados y muy bien justificados. Por ejemplo la sustitución de trabajadores o por circunstancias de aumento de producción o servicios, teniendo una duración un máximo de 6 meses, ampliable a 12 si así se estipula en el convenio.


Dentro del sector de la Educación Física y Deportiva no se vería muy afectado ya que no tienen unos picos de trabajo muy elevados a lo largo del año siendo un sector estable en el año. Si se vería afectado la organización de eventos deportivos o servicios en el medio natural, teniendo que acogerse al fijo-discontinuo para este sector estacional para no ser penalizado en las cotizaciones.



Los contratos temporales actuales deberán pasar a indefinidos.


Las empresas contarán con 3 meses desde la entrada en vigor de la norma para pasar los contratos temporales en indefinidos, fecha límite 31 de marzo.



Fin a encadenar contratos temporales.


Se recude el plazo en 6 meses pasando a un máximo de 18 meses el encadenamiento de contratos temporales, pasando estos trabajadores temporales a fijos discontinuos o indefinido.



Incremento de la cotización en contratos temporales inferiores a 30 días:


Dentro de los contratos temporales endurecen la penalización de los contratos cortos pudiendo afectar al ámbito de eventos deportivos por la necesidad de un mayor número de personal para el desarrollo de este. La empresa recibirá una penalización por cada baja de contrato temporal. Aplicando la regla de cuanto más corto sea el contrato, más alta será la penalización. (Ejemplo contratos de menos de 30 días tendrán una cotización a la Seguridad Social adicional de 26€ cuando se den de baja). Lo comentábamos arriba los servicio de organización de eventos deportivos puntuales y servicios en el medio natural se verán afectados por esta modificación, ya que por sus características sí tienen picos de trabajos en su desarrollo.



Priman los convenios sectoriales


Apoyándonos en el artículo de CMDSport el cual indica que la nueva reforma prioriza el convenio del sector por encima del convenio de empresa. Una situación que afecta básicamente a las grandes cadenas de gimnasios, ya que la mayoría de pymes del sector no disponen actualmente de un convenio empresarial.


 












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