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El COLEF Castilla-La Mancha presenta recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Calzada de Calatrava por las bases de una bolsa de empleo de "Coordinador/a Deportivo"


El Ilustre Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de Castilla-La Mancha (COLEF CLM) ha presentado un recurso potestativo de reposición contra las bases publicadas para la creación de una BOLSA DE EMPLEO DE COORDINADOR/A DEPORTIVO/A.


La corporación colegial considera que el requisito de titulación exigido en dicha convocatoria resulta ambiguo e inadecuado, al limitarse a establecer como requisito:


el “título de Bachillerato o equivalente”, indicando además que la titulación presentada como requisito no será objeto de valoración.


Esta formulación permite el acceso al puesto de personas cuya formación no está vinculada al ámbito de la actividad física y del deporte, pese a que las funciones atribuidas implican responsabilidades técnicas específicas en materia de planificación, coordinación, dirección y evaluación de programas y servicios deportivos, que requieren una cualificación profesional acorde con dichas competencias.


Desde COLEF CLM se recuerda que la normativa autonómica y estatal en materia deportiva la Ley 5/2015 de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha y la Ley 39/2022 del Deporte establece la obligación de que los puestos con responsabilidad técnica en el ámbito deportivo sean desempeñados por profesionales debidamente cualificados. Asimismo, se invoca el principio de adecuación entre titulación y funciones recogido en el Estatuto Básico del Empleado Público, respaldado por reiterados dictámenes del Consejo de Estado.


Por todo ello, el Colegio solicita la modificación inmediata de las bases de la convocatoria, estableciendo como requisito específico el título universitario oficial en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (o la licenciatura equivalente), en coherencia con la normativa vigente y con el principio de profesionalización del sector.


En caso de no rectificarse las bases, COLEF CLM estudiará y ejercitará todas las acciones jurídicas que resulten procedentes en defensa de la legalidad, de la seguridad jurídica y del derecho de la ciudadanía a recibir servicios deportivos prestados por profesionales debidamente cualificados.


FUTURA LEY DE ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTE DE CASTILLA-LA MANCHA


Castilla-La Mancha no puede seguir siendo una comunidad autónoma donde no se asegure a la ciudadanía que los servicios deportivos se prestan con las debidas garantías técnicas, de calidad y de seguridad. La ordenación de los servicios deportivos no es una cuestión corporativa, sino una garantía de protección de la salud, la integridad y los derechos de las personas usuarias.


En este contexto, el Gobierno de Castilla-La Mancha debe actuar con responsabilidad y trabajar en la inclusión efectiva de la ordenación de los servicios deportivos en el marco normativo actualmente en desarrollo y, en su caso, explicar con transparencia ante la sociedad los argumentos que justifiquen su decisión. La ciudadanía merece conocer si la futura regulación garantizará que los puestos de responsabilidad técnica en el ámbito deportivo estén desempeñados por profesionales debidamente cualificados o si, por el contrario, se mantendrá una situación que genera inseguridad jurídica y falta de garantías.


COLEF CLM advierte que Castilla-La Mancha no puede continuar instalada en una situación de inseguridad jurídica y de vacío en la ordenación profesional del sector deportivo. En un momento en el que el Gobierno regional se encuentra en pleno proceso de elaboración y desarrollo de una nueva ley de la actividad física y del deporte, resulta incoherente que las propias administraciones públicas impulsen convocatorias que no garantizan la adecuación entre cualificación profesional y funciones técnicas.


COLEF CLM reafirma su compromiso con la defensa de la calidad, la seguridad y la profesionalización del sector deportivo, y continuará actuando con firmeza para que los procesos selectivos en las administraciones públicas respeten los principios legales y técnicos que garanticen una adecuada prestación de los servicios deportivos a la ciudadanía.



 
 
 

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