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Los profesionales graduados/licenciados CAFyD ante la Fase 3

08/6/2020

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La fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad se ha comenzado a articular a través de la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, que además de eliminar las franjas horarias para salir a pasear o realizar práctica físico-deportiva al aire libre, continúa avanzando en medidas para la desescalada, y algunas de ellas afectan a los/as educadores/as físico deportivos/as y sus centros de trabajo.

 

Por el momento, esta norma afecta solamente a algunas islas, pero según avancen los días se irá aplicando a otras unidades territoriales que estén en disposición de pasar a una nueva fase. Los resúmenes sobre las fases anteriores, así como las novedades que se han ido introduciendo en las mismas se pueden encontrar en las siguientes entradas del blog del Consejo COLEF:

Recordamos que los/as educadores/as físico deportivos/as con dudas sobre la prestación de servicios profesionales deben dirigirse a sus respectivos COLEF autonómicos, siendo éstos quienes puedan ofrecer una respuesta adaptada a la situación territorial, a la posible normativa autonómica vinculada, a la interpretación de sus Consejerías, Direcciones Generales u otros organismos competentes o, incluso, a los acuerdos a los que haya llegado el Colegio con el Gobierno autonómico en relación con la prestación de servicios de Educación Física y Deportiva.

 

A continuación ofrecemos un resumen del articulado sobre las condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva (Anexo I), otro sobre las medidas de higiene obligatorias que se debe tener en cuenta en los establecimientos, locales e instalaciones deportivas (Anexo II), así como un listado de todas las normas publicadas y otros documentos de interés para la desescalada en el sector deportivo (Anexo III).

 

NOTA: Avanzar de fase no significa que dejen de aplicarse las medidas de la anterior, a no ser que sean contrarias (prevaleciendo por tanto la nueva norma). Por ello, para el sector deportivo pueden coexistir medidas de ambas fases, debido a que en algunos aspectos las autoridades no hayan considerado implementar nuevas medidas.

 

Algunas de las respuestas a las dudas más frecuentes sobre esta fase puedes encontrarlas en el FAQ del Consejo Superior de Deportes.

ANEXO I

CONDICIONES DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA

en fase 3, Orden SND/458/2020, de 30 de mayo

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- Descarga de recursos gráficos -

 

OTRAS MEDIDAS QUE PUDIERAN AFECTAR A LAS ACTIVIDADES DE LOS/AS EFD

ANEXO II

MEDIDAS DE HIGIENE Y PREVENCIÓN PARA EFD Y SUS CENTROS DE TRABAJO

en fase 3, Orden SND/458/2020, de 30 de mayo

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ANEXO III

NORMAS Y DOCUMENTOS DE INTERÉS SOBRE LA DESESCALADA PARA EFD

 

NORMATIVA DE INTERÉS

 

DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Los profesionales graduados/licenciados CAFyD ante la Fase 2

20/5/2020

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Medidas a tener en cuenta en relación con la apertura de instalaciones deportivas cubiertas, piscinas para uso deportivo, piscinas recreativas, servicios de turismo activo, entrenamiento de clubes deportivos integrados en ligas no profesionales federadas, entrenamientos de clubes deportivos profesionales y SAD y la reanudación de la competición de ligas profesionales.

 

El Plan para la transición hacia una nueva normalidad sigue reglamentándose a través de Órdenes que especifican las medidas para cada fase. La Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 explicita diferentes condiciones relacionadas con el sector deportivo y que afectan de una manera u otra a los/as educadores/as físico deportivos/as y sus centros de trabajo.

 

Esta nueva norma, que se irá aplicando en las diferentes unidades territoriales según se autorice su paso la fase 2, enumera las medidas a tener en cuenta en relación con la apertura de instalaciones deportivas cubiertas, piscinas para uso deportivo, piscinas recreativas, servicios de turismo activo, entrenamiento de clubes deportivos integrados en ligas no profesionales federadas, entrenamientos de clubes deportivos profesionales y SAD y la reanudación de la competición de ligas profesionales.

 

También se avanza en la libertad de circulación, que en lo que afecta a la práctica físico-deportiva al aire libre queda permitida en cualquier franja horaria, excepto en el horario de las personas mayores de 70 años, de 10:00 a 12:00 horas y de 19:00 a 20:00 horas (posibilidad de modificación por las comunidades autónomas y ciudades autónomas). Otra de las especificaciones a este respecto es que se permite la práctica físico-deportiva, individual, sin contacto físico y respetando la distancia de 2 metros en la playa.

 

Recordamos que los/as educadores/as físico deportivos/as con dudas sobre la prestación de servicios profesionales deben dirigirse a sus respectivos COLEF autonómicos, siendo éstos quienes puedan ofrecer una respuesta adaptada a la situación territorial, a la posible normativa autonómica vinculada, a la interpretación de sus Consejerías, Direcciones Generales u otros organismos competentes o, incluso, a los acuerdos a los que haya llegado el Colegio con el Gobierno autonómico en relación con la prestación de servicios de Educación Física y Deportiva.

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OTRAS MEDIDAS QUE PUDIERAN AFECTAR A LAS ACTIVIDADES DE LOS/AS EFD

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NORMATIVA DE INTERÉS​

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DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

 

  • Modelo-guía para para la solicitud de financiación. 08/04/2020, CG. Economistas.

  • Guía de buenas prácticas en los centros de trabajo. 11/04/2020, Min. Sanidad.

  • Plan para la reconstrucción y activación del deporte español. 22/04/2020, ADESP.

  • Plan para la transición hacia la nueva normalidad. 28/04/2020, Min. Sanidad.

  • Anexo II, previsión fases desescalada. 28/04/2020, Min. Sanidad.

  • Protocolo sanitario para el reinicio de la competición deportiva. 03/05/2020, CSD.

  • Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad. FAQ. 03/05/2020, Min. Sanidad.

  • ¿Qué debes tener en cuenta al comprar una mascarilla?. 03/05/2020, Min. Consumo.

  • FAQs para deportistas profesionales durante la Fase 0. 05/05/2020, CSD.

  • Informe sobre la transmisión del SARS-CoV-2 en playas y piscinas. 05/05/2020, CSIC.

  • Protección de datos y coronavirus. 08/05/2020, AEPD.

  • Guía de la fase 1. 09/05/2020, Min. Sanidad.

  • Recomendaciones medidas de higiene y protección. 10/05/2020, COLEF Canarias.

  • FAQs para deportistas profesionales durante la Fase 1. 11/05/2020, CSD.

  • Recomendaciones para la apertura de piscinas. 14/05/2020, Min. Sanidad.

  • Guía de la fase 2. 17/05/2020, Min. Sanidad.

Los profesionales graduados/licenciados CAFyD ante la Fase 1

13/5/2020

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Con la activación del Plan de la transición hacia la nueva normalidad, a inicios de mayo, la preocupación del Consejo COLEF sobre la afectación en el sector deportivo, así como en otros afines en los que prestan servicios las personas graduadas/licenciadas CAFyD, ha sido máxima.

 

Las Órdenes del 3 de mayo no dejaban claro si los servicios profesionales de graduados/licenciados CAFyD podrían retomarse en fase 0 en las condiciones indicadas en dichas normas. Por ello, se procedió a realizar una consulta al departamento responsable. Sin embargo, todavía no se ha recibido respuesta, a pesar de que la interpretación incorrecta que pudieran estar haciendo de la norma nuestros/as colegiados/as ha podido estar acarreando consecuencias negativas en su economía y riesgo de posibles sanciones.

 

Ahora, las nuevas Órdenes publicadas durante el fin de semana, que avanzan una nueva fase para determinadas unidades territoriales, plantean un nuevo contexto. En concreto, la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo y la Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, detallan las siguientes cuestiones relacionadas con la actividad deportiva:

 

 

También debemos señalar que las franjas horarias para las salidas con menores, para pasear o para practicar actividad físico-deportiva al aire libre desde el lunes 11 de mayo pueden ser modificadas por las comunidades y ciudades autónomas, por lo que éstas podrían comenzar hasta dos horas antes y terminar hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de cada franja.

 

Todos estos cambios producidos que avanzan hacia una toma de decisiones relacionada con la evolución de la pandemia por unidades territoriales, hace que desde el Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF) se recomiende a todos sus Colegios Oficiales solicitar las pertinentes interpretaciones de las normas a sus correspondientes Direcciones Generales o Secretarías Generales de Deporte autonómicas, u otros órganos competentes, en relación con aquellos aspectos que necesiten aclaración en las diferentes fases de la desescalada.

 

Por todo ello, los graduados/licenciados CAFyD con dudas sobre la prestación de servicios profesionales deben dirigirse a sus respectivos COLEF autonómicos, siendo éstos quienes puedan ofrecer una respuesta adaptada a la situación territorial, a la posible normativa autonómica vinculada, a la interpretación de sus Consejerías, Direcciones Generales u otros organismos competentes o, incluso, a los acuerdos a los que haya llegado el Colegio con el Gobierno autonómico en relación con la prestación de servicios profesionales.

 

Además de lo anterior, en algunas CCAA, la Administración ha trabajado con el COLEF correspondiente para facilitar a las autoridades la identificación de los/as profesionales CAFyD, evitando así cualquier perjuicio por prestación de servicios indebida. En este sentido, los graduados/licenciados CAFyD pueden solicitar, en caso de ser necesario, un certificado colegial con el que justificar su ejercicio profesional.

 

En la web del Consejo COLEF nos ofrecen un resumen de todo el articulado, otro sobre las medidas de higiene obligatorias que se debe tener en cuenta para la apertura de los centros y la prestación de servicios profesionales, así como un listado de todas las normas publicadas y otros documentos de interés para la desescalada en el sector deportivo.

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